Nueva ITC minera de polvo de sílice

El 9 de julio se publicó en el BOE la Orden TED/723/2021, de 1 de julio, por la que se aprueba la nueva Instrucción Técnica Complementaria 02.0.02 de "Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirables"

La nueva consideración legal como cancerígenos de los trabajos con exposición a sílice cristalina respirable constituye un cambio de paradigma en la gestión del riesgo por exposición al polvo y sílice que se viene llevando a cabo específicamente en el sector minero.

A través de esta orden ministerial se procede a unificar en un único texto las particularidades del sector con respecto a la protección de los trabajadores frente al riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirable, suprimiendo las especificidades establecidas para el polvo en labores subterráneas del año 1985 y para el polvo de sales solubles del año 2011.

Esta aprobación supone la derogación de las siguientes disposiciones:

  • La ITC 04.8.01 "Condiciones ambientales, lucha contra el polvo".
  • La ITC 02.0.02 "Protección de los trabajadores contra el polvo en relación con la silicosis en las industrias extractivas".
  • La ITC 02.0.03 "Protección de los trabajadores contra el polvo, en las actividades de la minería de las sales solubles sódicas y potásicas".

El Instituto Nacional de Silicosis elaborará y mantendrá actualizada una guía para la prevención del riesgo por exposición al polvo y a la sílice cristalina respirable en el ámbito laboral, con especial atención a su aplicabilidad práctica.

Para la determinación del riesgo por exposición a polvo respirable, los parámetros y valores límites para la exposición diaria (VLA-ED) que han de tenerse en cuenta, simultáneamente, serán:

  • Polvo (fracción respirable): 3 mg/m3.
  • Polvo respirable de sílice cristalina: 0,05 mg/m3. (Ver anexo III del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, en su redacción dada por el Real Decreto 1154/2020, de 22 de diciembre)

Respecto a la periodicidad de las mediciones se indica que se tomarán muestras, al menos una vez cada cuatrimestre del año natural, en los puestos de trabajo en los que exista riesgo de exposición a polvo. 

Se puede consultar normativa y documentación actualizada sobre la Sílice Cristalina Respirable pinchando AQUÍ.